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Elecciones

Dan Norma y Morena argumentos poco creíbles para no retirar espectaculares

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Norma Bustamante, alcaldesa y candidata a la reelección por el partido Morena a la alcaldía de Mexicali, utilizó argumentos poco creíbles para contestar los requerimientos del Instituto Estatal Electoral y de la Sala Regional Guadalajara que ordenaban bajara sus espectaculares.

En contestación al requerimiento enviado el 4 de mayo de 2024, de la denuncia interpuesta por Alejandro Cota, dirigente del PAN en Mexicali, contra Bustamante y Morena, la alcaldesa contesta que “el acuerdo de referencia no señala sus características, ubicación o el transporte del servicio público, en que se dice, se encuentra”. Es decir, contesta que no sabe dónde puso sus espectaculares.

Continúa diciendo que por lo tanto “esta representación está impedida para dar debido cumplimiento a lo ordenado, dado lo indeterminado de la instrucción”, y adjunta un correo electrónico dirigido a un correo personal de Hotmail y no un correo institucional, con la ubicación de 9 espectaculares y pide retirarlos. La propaganda sigue ahí.

En la respuesta al requerimiento efectuado el 6 de mayo de 2024, donde le piden a Bustamante proporcionar en un plazo no mayor de 48 horas toda la información referente a la propaganda física contenida en espectaculares registrados ante la Unidad Técnica de Fiscalización del INE donde aparezca su nombre o su imagen, contesta que desconoce tanto el diseño como la existencia y ubicación de toda la propaganda física que le solicitan.

Por si fuera poco, incluye una “enérgica protesta” en su respuesta, pues considera que el requerimiento constituye un acto de molestia y contraviene al artículo 16 de la constitución.

Bustamante solo bajó 6 espectaculares, los que le pidieron en la primera notificación, el 30 de abril, y de los cuales proporcionaron ubicación. Los nueve del correo electrónico siguen ahí, así como los 24 denunciados el 23 de mayo, incluyendo 6 pantallas electrónicas y 2 vallas móviles en transporte privado. En esa fecha la Sala Regional Guadalajara estimó los argumentos de la alcaldesa infundados e inoperantes.

La Comisión de Quejas y Denuncias del IEE ordenó a Bustamante, a Morena y al Ayuntamiento de Mexicali que retiraran la propaganda en un término de 48 horas, lo cual no se cumplió.

Curiosamente, cuando la autoridad electoral pidió el retiro de los espectaculares de Netzahualcóyotl Jáuregui, el Ayuntamiento de Mexicali los retiró inmediatamente.

El abogado electoral Sergio Eduardo Moreno Herrejón, comentó que la actuación dolosa ha quedado certificada y pedirán una sanción por este incumplimiento.

Elecciones

Pasa Guzmán del IEE a la Fiscalía Electoral

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Raúl Guzmán Gómez es el nuevo titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, tras dejar hace unas horas el cargo de secretario ejecutivo del Instituto Estatal Electoral (IEE).

El Congreso de Baja California nombró al sustituto de Carlos Barbosa Castillo, quien renunció al cargo. Fue durante la sesión plenaria que se sometió a votación el dictamen número 36 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, obteniendo Guzmán Gómez 24 de 25 votos.

En el IEE asumió temporalmente el cargo de secretaria ejecutiva Lorenza Soberanes, quien quedará como encargada hasta que se proponga un perfil ante el Consejo General y sea aprobado.

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Elecciones

Aprueba IEE BC impresión de boletas para elección de personas juzgadoras

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El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), avaló la impresión de las boletas para el proceso extraordinario 2025 para la elección de personas juzgadoras.

Se revisaron, cotejaron y verificaron los datos de las personas candidatas a Magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, del Tribunal Superior de Justicia, y de Juezas y Jueces del Poder Judicial, para garantizar la certeza en la conformación de los listados definitivos, incluyendo las especialidades por las que participarán.

Una vez aprobado el acuerdo, se instruyó al Departamento de Procesos Electorales a que remita a la empresa que resulte seleccionada a través del procedimiento de Licitación Pública Nacional correspondiente, los modelos finales de boleta para los cargos referidos, señaló el IEEBC en comunicado de prensa.

También se aprobó la designación de las personas susceptibles a ser recontratadas para desempeñarse como Supervisoras Electorales Locales (SEL) y Capacitadoras-Asistentes Electorales Locales (CAEL), durante el PELE 2025.

Dadas las particularidades de un proceso extraordinario y máxime que se trata de una elección completamente nueva, es indispensable reclutar al personal que participó como SEL y CAEL en el Proceso Electoral Local 2023-2024, pues cuenta con la experiencia y conocimiento de las funciones a desempeñar, indica el comunicado.

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Elecciones

Van hasta ahora solo 57 observadores electorales aprobados para el 1 de junio: INE

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Hasta el momento casi 3 mil 500 personas están interesadas en ser observadoras electorales en el proceso extraordinario del 1 de junio, pero solo 842 solicitudes han sido validadas y únicamente 57 han sido aprobadas, informó el Instituto Nacional Electoral en Baja California (INE BC).

El organismo reitera la invitación a los ciudadanos que deseen participar como observadores delProceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación para que presenten su solicitud de manera directa, a través del portal https://pjf2025-observadores.ine.mx/.

Los requisitos son: ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o partido político alguno, en los tres años anteriores a la elección, así como no ser, ni haber sido candidata o candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.

Asimismo, no ser persona servidora pública vinculada con programas sociales en el gobierno municipal, estatal o federal, ni ser operadora de programas sociales y actividades institucionales, cualquiera que sea su denominación, ni ser persona servidora de la nación, así como no ser representante o militante de algún partido político.

Los Observadores Electorales son personas facultadas por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), para observar los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como los actos de la jornada electoral y aclaran que no existe una remuneración económica por esta participación.

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