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Corrupción

Mintió alcaldesa de Mexicali sobre pago de rentas por Cine Lux

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El Ayuntamiento de Mexicali estuvo pagado 519 mil pesos de renta por el inmueble del Cine Lux desde 2024, de acuerdo con facturas emitidas por Comercializadora Cochimí, dueña de ese edificio.

La historia de ese arrendamiento ha estado llena de mentiras y contradicciones por parte de las autoridades municipales desde el principio.

En una amplia entrevista que le hizo Mariela Tapia, de La Voz de la Frontera, a la presidenta municipal Norma Bustamante el 31 de julio de 2024, expresó: “Para la próxima administración (que inició el 1 de octubre de ese año y donde resultó reelecta) dijo que prevé instalar una oficina del Registro Civil en lo que alguna vez fue el Cine Lux, en el Centro Histórico, donde la renta costará alrededor de 50 mil pesos mensuales”.

Para ese entonces, la renta ya se estaba pagando y el importe difería por casi 470 mil pesos de lo que había estimado Bustamante.

Fue hasta junio de 2024 que se le otorgaron los contratos por adjudicación directa al proveedor Skath Benjamín García Núñez para trabajos preliminares en el inmueble, y en diciembre de ese año le dieron también los de rehabilitación y acondicionamiento, cuando se supone que debería haber quedado terminado en 2024 porque se supone que la mudanza sería en enero de 2025.

Eso quiere decir que de febrero a junio se estuvo pagando renta por un local vacío donde ni siquiera se estaba trabajando en las adecuaciones; más de 2 millones de pesos para los bolsillos de Comercializadora Cochimí.

Heriberto Reyes escribió el 17 de junio de 2025 en el portal Esquina 32 que la presidenta municipal había informado que a esa fecha se seguía condonando el pago de la renta mensual del inmueble. Sin embargo, el 13 de noviembre de 2025, Cristian Torres escribió en RadarBC que Bustamante había reconocido que se había estado pagando renta desde marzo.

Luego, la presidenta municipal declaró públicamente que la inversión para rehabilitar el Teatro Lux fue de 15 millones de pesos, y que la renta empezó a pagarse a partir de abril de 2025, ya que las rentas antes de ese mes habían sido condonadas mientras se hacían las obras de rehabilitación del edificio, lo cual, a la luz de las facturas exhibidas, demuestra que Bustamante mintió.

Las facturas muestran que Comercializadora Cochimí emitió facturas desde febrero del 2024, lo que significa que a marzo de 2026, no se han erogado 5 millones 719 mil 241 pesos por once meses, sino 12 millones 998 mil 275 pesos por 25 meses de renta.

Las inconsistencias

Existe una inconsistencia legal crítica que evidencia una mala fe o negligencia administrativa: En la declaración 2.3 el Ayuntamiento afirma que conoce las condiciones del inmueble y lo considera “apto para el uso” que conviene.

Si el Ayuntamiento declaró bajo protesta de decir la verdad que el edificio era apto, el gasto posterior de 15 millones de pesos para adecuaciones, resulta injustificable.

Este hecho violenta el principio de eficiencia y economía del gasto público establecido en el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas y el artículo 7 fracción VI de la Ley de Responsabilidades Administrativas.

Además, invertir 15 millones de pesos en el inmueble ajeno bajo las condiciones de este contrato contraviene la normativa de obra pública.

El Artículo 17 de la Ley de Obra Pública señala que es obligación la regularización y adquisición de la tenencia de la tierra donde se realicen obras. Al ser un bien arrendado por un solo año, la inversión de capital de convierte en un beneficio permanente para un particular, pagado con recursos públicos.

Artículo 34: El ayuntamiento está pagando una renta mensual de 448 mil 216 pesos con 46 centavos más IVA, equivalente a 519 mil 931 pesos. Pagar la renta completa del inmueble y adicionalmente absorber el costo de una rehabilitación millonaria significa que el municipio no aseguró las mejores condiciones de precio y financiamiento, ni se consideraron opciones, ya que fue adjudicación directa.

¿Cuál fue la inversión real de la rehabilitación del Cine Lux? Si hacemos un cálculo de metro cuadrado de construcción -los 1,800 metros cuadrados rehabilitados- donde se gastaron al menos 15 millones de pesos, dan más de 8 mil pesos por metro cuadrado.

El edificio del palacio municipal está hecho para tener más pisos. Nunca se consideró construir ahí; y aunque es una opción más cara, el beneficio de la obra se hubiera quedado en el propio ayuntamiento.

La firma y fechas del contrato de arrendamiento del Cine Lux.

Empresa fantasma

La empresa Comercializado Cochimí no cuenta con activos, personal o infraestructura. Compró el inmueble en 2013, meses antes de que Francisco “Panchito” Pérez Tejada dejara su cargo de presidente municipal de Mexicali, desde donde impulsó la rehabilitación del centro histórico de la capital del estado.

Domicilio fiscal de Comercializadora Cochimí.

El domicilio fiscal de Comercializadora Cochimí es Avenida Álvaro Obregón 1257, sitio donde se encuentran las oficinas de Raúl Villareal, operador financiero de la gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda, y esposo de Ana Gissel Colín Sánchez, quien era socia de la empresa, hasta que en 2022 le donó sus acciones a Emma Colombina Pedrero Corral, esposa del expresidente municipal priísta y cercano a la mandataria, Francisco “Panchito” Pérez Tejada.  

Este esquema encuadra en conductas que la Ley de Responsabilidades Administrativas califica como graves. De acuerdo con el Artículo 54, el desvío de recursos públicos se configura al asignar recursos para la mejora de un activo privado sin fundamento jurídico que prevea la recuperación de dicha inversión para el erario.

La cláusula decimoprimera del contrato de arrendamiento establece explícitamente que las mejoras serán por “cuenta, costa y riesgo” del Ayuntamiento, consumando el detrimento patrimonial.

El Artículo 57 señala que al firmar un contrato que impone al municipio el costo de las reparaciones que deberían ser del arrendador para que el bien sea funcional, el servidor público se vale de sus atribuciones para generar un beneficio indebido a un tercero.

El Artículo 50 indica que en el menor de los casos se tipifica una falta no grave por causar daños y perjuicios de manera negligente al patrimonio del ente público.

Responsabilidad y sanciones

La Oficialía Mayor, al representar al municipio en la firma, es la principal autoridad responsable conforme al Artículo 10 de la Ley de Obras Públicas. La sanción sería, al exceder de 200 UMAS, una inhabilitación de 10 a 20 años.

Los funcionarios involucrados están obligados, conforme al Artículo 79 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, a la reparación de la totalidad de los daños y perjuicios causados, es decir deberían reintegrar -sino los 15 millones de pesos gastados en obras de rehabilitación-, los meses de renta previos al inicio de dichas obras.

El contrato con el Teatro Lux tiene fecha del 2 de enero de 2026 y por periodo de un año. ¿Con qué concepto se erogó del Ayuntamiento ese dinero en 2025 y 2024? ¿Cómo se justifica un gasto superior al medio millón de pesos al mes sin un contrato de por medio? Sin duda el Ayuntamiento de Mexicali tiene muchas explicaciones que dar.

Corrupción

Desmiente Rude defensa de proveedor y acusa ofensiva mediática

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El regidor del Partido Acción Nacional (PAN) en el Ayuntamiento de Mexicali, Rude García, cuestionó el proceso de licitación para la adquisición de uniformes destinados a los bomberos, al considerar que existen una serie de coincidencias y circunstancias que, desde su perspectiva, deben ser aclaradas por el gobierno municipal.

García rechazó tener algún vínculo con la empresa Uniformes Julián, luego de que desde un noticiero de televisión local se generara una narrativa pública que relacionaba sus cuestionamientos con los intereses de dicha compañía.

“Yo ni siquiera sabía que esta empresa había participado”, afirmó el edil, quien aseguró que la información que conoció inicialmente correspondía únicamente a dos empresas que habían llegado a la etapa final del procedimiento: Tridenta y Probetex, y desconocía quién se había quedado fuera.

Explicó que tuvo conocimiento del proceso casi por casualidad, durante una mesa de trabajo en la que se analizaban transferencias presupuestales del Ayuntamiento. De acuerdo con García, lo que inicialmente llamó su atención fue el monto de la ampliación presupuestal solicitada: 57 millones 779 mil 244 pesos, cantidad que, señaló, no correspondía a una cifra aproximada o cerrada, sino a un monto muy específico.

Posteriormente, dijo, se enteró de que en ese momento se desarrollaría una licitación relacionada con los uniformes de Bomberos y tuvo acceso únicamente a fotografías de documentos que, aseguró, le fueron prestados y no entregados oficialmente.

El regidor sostuvo que los integrantes del Cabildo no tienen acceso de manera regular al calendario de licitaciones ni son convocados oportunamente a todos los procedimientos, situación que, consideró, limita su capacidad para revisar y cuestionar las adquisiciones municipales.

Uno de los principales cuestionamientos de García surgió cuando, según relató, la empresa que finalmente obtuvo el fallo presentó un monto que coincidía exactamente con la cantidad que previamente se había contemplado ampliar en el presupuesto.

“¿Cómo me dices que ya sabes qué monto vas a ampliar cuando la licitación no se ha abierto, cuando aún hay sobres cerrados?”, cuestionó.

La propuesta de Probetex coincide en cada cifra con la ampliación del presupuesto para adquirir uniformes para los bomberos, aunque la comisión confirmó esta coincidencia, no explicó cómo pudo darse.

García también puso en duda que el Ayuntamiento haya recurrido a un proceso exclusivamente local para una adquisición que estimó en alrededor de 3.3 millones de dólares, al considerar que una operación de ese tamaño podría haber atraído a proveedores nacionales e internacionales y, eventualmente, generar mejores condiciones económicas.

El regidor señaló que su intención no era cuestionar la necesidad de equipar a los bomberos, sino revisar si los recursos públicos podían utilizarse de manera más eficiente.

En ese sentido, planteó comparar el gasto destinado a los equipos de Bomberos con otras necesidades de seguridad pública, como los chalecos antibalas de policías municipales que, afirmó, se encuentran vencidos.

Otro de los puntos señalados por García fue la diferencia entre el costo de los uniformes adquiridos en 2021 y el presupuesto contemplado actualmente. Indicó que en 2021 se habrían adquirido 275 uniformes por alrededor de 30 millones de pesos, mientras que cinco años después se proyectaría comprar 300 por aproximadamente 58 millones; casi el doble.

El regidor reconoció que actualmente se contempla tanto uniforme pesado como ligero, pero señaló que, según las cotizaciones que conoció, el uniforme ligero representaría una erogación de alrededor de seis millones de pesos, por lo que consideró que aún existiría una diferencia importante que debería ser explicada.

También mencionó diferencias de precio entre las cotizaciones de las empresas participantes. Como ejemplo, señaló que en uno de los conceptos una empresa habría presentado un precio aproximadamente cuatro millones de pesos menor que otra, por lo que cuestionó si el Ayuntamiento exploró la posibilidad de negociar mejores condiciones o incluso dividir la adquisición.

García insistió en que sus cuestionamientos surgieron de la información a la que tuvo acceso y no de una relación con alguno de los proveedores. “Yo reto al gobierno que demuestre que yo tengo alguna relación o interés con Uniformes Julián”, declaró.

Asimismo, cuestionó la premura con la que, desde su perspectiva, se llevó a cabo el procedimiento y consideró necesario ampliar los estudios de mercado antes de comprometer una cantidad de recursos de esa magnitud.

El regidor sostuvo que continuará recopilando información sobre las empresas participantes, cotizaciones y procedimientos relacionados con la adquisición para presentar posteriormente mayores elementos.

Finalmente, acusó al gobierno municipal de responder con una ofensiva mediática ante quienes cuestionan sus procedimientos y piden transparencia sobre el uso del presupuesto.

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Corrupción

Urgen a replantear Ley General de Contratación Pública para combatir corrupción

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A pocos días del inicio del periodo ordinario de sesiones del Congreso, Transparencia Mexicana advirtió sobre los elevados riesgos de corrupción derivados de la fragmentación de las reglas de compras públicas y planteó la urgencia de aprobar una Ley General de Contratación Pública con normas comunes para los gobiernos federal y estatales.

La organización documentó la existencia de más de 120 formas distintas de contratación pública en el país. Esta dispersión normativa no solo complica la vigilancia y el control de las compras, sino que genera opacidad, facilita irregularidades y dificulta la participación de pequeñas y medianas empresas, dejando fuera a actores económicos históricamente relegados.

Durante la presentación de la propuesta, Eduardo Bohórquez, director ejecutivo de Transparencia Mexicana, subrayó que “además de controlar la corrupción en la contratación pública, el país necesita verla como una oportunidad para la inclusión de nuevos actores económicos en la provisión de bienes y servicios para el gobierno”.

Tan solo a nivel federal, las adquisiciones y la obra pública superan los dos billones de pesos anuales. Este volumen de recursos públicos representa un riesgo significativo de corrupción, al tiempo que podría convertirse en una herramienta para ampliar la competencia, desarrollar cadenas productivas y reducir espacios de discrecionalidad.

Como parte de su estrategia anticorrupción, Transparencia Mexicana trabaja con una decena de organizaciones sociales de distintas regiones del país en la construcción de la primera base de datos nacional de precios comparados para los sectores salud, seguridad, educación, energía y transporte.

La herramienta permitirá identificar diferencias de precios y patrones de contratación entre el gobierno federal y las entidades federativas, con el fin de detectar y prevenir riesgos de corrupción.

La organización ciudadana anunció que en las próximas semanas presentará los detalles de su propuesta y buscará un diálogo con los poderes Ejecutivo y Legislativo para impulsar una discusión nacional orientada a fortalecer los controles y reducir la vulnerabilidad a la corrupción en las contrataciones públicas.

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Corrupción

Funcionario municipal trabajó al mismo tiempo en el Poder Judicial en 2025

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Oswaldo Ríos Durazo, quien actualmente se desempeña en la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de Mexicali, habría fungido también como analista del Poder Judicial del Estado de Baja California, configurando un posible doble empleo incompatible.

De acuerdo con registros de la Plataforma Nacional de Transparencia, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025 trabajó como analista del Poder Judicial con un sueldo bruto de 28 mil 568 pesos mensuales, y del 1 de abril al 30 de junio de ese mismo año con un sueldo bruto de 13 mil 247 pesos mensuales.

La respuesta oficial del Poder Judicial del Estado, contenida en el oficio 3134/26 del Departamento de Recursos Humanos (remitido mediante el oficio OM-288/2026 de la Oficialía Mayor), confirma que laboró durante cuatro meses y que, “por autorización de su Jefe Directo, Consejero de la Judicatura Lic. Francisco Javier Tenorio Andújar”, fue excluido del registro de asistencia en el sistema biométrico “en atención a la naturaleza de sus funciones y necesidades del servicio”. Por esa razón no existe el registro completo de entradas y salidas solicitado.

Por su parte, el Ayuntamiento de Mexicali, a través de la Oficialía Mayor, informó en respuesta a la solicitud 1120058726000280 que Oswaldo Ríos Durazo es actualmente servidor público de esa dependencia. Su fecha de alta es el 6 de marzo de 2025; no se encuentra dado de baja; está adscrito al Departamento de Vinculación, Participación Ciudadana y Quejas, con categoría de abogado y puesto de jefe de departamento y percibe un sueldo mensual de 43 mil 300 pesos.

La Sindicatura Municipal de Mexicali, órgano de control y fiscalización del Ayuntamiento, es la dependencia donde actualmente se desempeña.

La legislación mexicana en materia de responsabilidades de los servidores públicos (Ley General de Responsabilidades Administrativas y normas locales) restringe o regula el desempeño simultáneo de empleos en el sector público cuando existe conflicto de interés, incompatibilidad de horarios o afectación al desempeño de las funciones, salvo autorizaciones expresas.

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