Tijuana
Aclara abogado publicación de Punto Norte
El abogado Rogelio Robles Dumas, quien fue expuesto a través de una publicación del medio electrónico Punto Norte, aclaró varios puntos del escrito mediante una carta dirigida al director del medio.
La semana pasada publicaron una nota titulada “Abogado del Cabo 20 fue subdirector de gobierno en Mexicali y es cercano a algunos periodistas”, la cual después fue editada y extendida con el derecho de réplica.
En la publicación, señala el litigante, se hace alusión a su persona como “abogado del Cabo 20” relacionándolo con una actividad pública pasada, totalmente desvinculadas entre sí, pero además haciendo mención de “cercanías” con algunos periodistas.
“ Me obliga a señalar que dicho título esta descontextualizado de la nota en sí mismo; de lo contrario, no se entiende el sentido de la misma al referir que como defensor privado de David N, tuve otros cargos públicos y la referencia a cercanías con algunos periodistas, a no ser que se pretenda inferir que por esas circunstancias estaría obteniendo alguna ventaja extra procesal, en mi labor como defensor, no solo de David N, sino de cualquier otra persona a la que yo pueda representar legalmente”, precisó.
Aquí el texto íntegro de la carta aclaratoria del abogado.
Punto Norte
Isaí Lara
Presente.
Con Atención a Inés García Ramos
Por este medio me dirijo a usted a fin de hacer algunas precisiones con respecto al reportaje publicado el día 7 de febrero de 2024, titulado “Abogado del ‘Cabo 20’ fue subdirector de Gobierno en Mexicali y es cercano a algunos periodistas” (sic).
Debo precisar que las aclaraciones, que no replicas, las hago en dos vertientes, la primera en lo que refiere a mi persona y la segunda precisión es en cuanto a mi defendido y sus derechos procesales.
Efectivamente cuento con el título profesional de Licenciado en Derecho, egresado de la Facultad de Derecho Mexicali y con Cedula Profesional debidamente inscrita en diversos órganos jurisdiccionales, como lo son los del Poder Judicial del Estado de Baja California y la Federación. Con esto solo puntualizo que estoy plenamente autorizado para desempeñarme como abogado defensor particular o Asesor Jurídico de la Victima, en cualquier causa penal donde se me otorga este carácter por parte de quien será mi representado.
Esta actividad privada, es mi modo honesto de vivir, ya que el despacho jurídico del que soy cofundador lleva diversos asuntos de carácter penal, civil y familiar, así como asuntos relativos al derecho electoral.
Así mismo, como señala el artículo al que me refiero, he desempeñado cargos en la administración pública, tanto en el ayuntamiento de Mexicali, donde efectivamente tuve el cargo de Subdirector de Gobierno de marzo a septiembre de 2021, y diversos cargos en el Poder Legislativo en las legislaturas XIX, XX, XXI Y XXII como Secretario técnico de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Religiosos, Coordinador Jurídico del Instituto de Estudios Legislativos, coordinador de asesores del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, Asesor de la Comisión de Educación y Comisión del Trabajo, y algunos cargos de representación partidista entre otros.
De igual forma, efectivamente soy docente por vocación. He tenido el privilegio de compartir aulas por los últimos 12 años con una infinidad de jóvenes de los cuales me siento orgulloso que me llamen “Profesor” y con los cuales comparto, dentro de los límites éticos y profesionales, mis experiencias prácticas en el litigio, para que en un futuro les puedan servir de referencia.
Así mismo, he tenido la oportunidad de manifestar mi opinión profesional sobre temas electorales, tanto en las vertientes legales como políticas en diversos medios de comunicación, siempre de manera honorifica y a título de opinión personal en razón de los conocimientos que he adquirido a lo largo de los años, y no por eso me considero “colaborador” de ningún medio de comunicación y en específico me refiero al Semanario Z, al cual solo he dado entrevistas en contadas ocasiones y siempre en temas jurídico electorales, nunca en temas penales específicos y menos en asuntos donde yo sea parte.
Sin embargo, mi actividad privada como litigante, nunca la he mezclado con el servicio público ni me he aprovechado para sacar ningún lucro o ventaja indebida.
Es por ello que, en el título de la nota periodística donde se hace alusión a mi persona como “abogado del Cabo 20” relacionándolo con una actividad pública pasada totalmente desvinculadas entre sí, pero además haciendo mención de “cercanías” con algunos periodistas, me obliga a señalar que dicho título esta descontextualizado de la nota en sí mismo; de lo contrario, no se entiende el sentido de la misma al referir que como defensor privado de David N, tuve otros cargos públicos y la referencia a cercanías con algunos periodistas, a no ser que se pretenda inferir que por esas circunstancias estaría obteniendo alguna ventaja extra procesal, en mi labor como defensor, no solo de David N, sino de cualquier otra persona a la que yo pueda representar legalmente. Por ello me llama la atención que si en la audiencia que refiere la nota del 7 de febrero, donde además del suscrito se encontraba otros 6 abogados, entre defensore y asesores jurídicos de la víctima, solo se haya hecho alusión a mi persona de manera tan detallada y sucinta.
Además de exponer públicamente parte de mis antecedentes profesionales y porque no decirlo, personales, ya que se publicó una fotografía del que suscribe, situación que no me exhibe, pero si me expone, y pone en riesgo mi seguridad personal, sobre todo porque la redactora de la nota en comento, sabe el antecedente de lo sucedido con el abogado anterior de David N, quien fue privado de la vida, presuntamente, precisamente por su actividad profesional.
La otra aclaración que considero pertinente hacer, es la referente a la situación jurídica de mi representado quien ha sido vinculado a una causa penal por su probable participación en un homicidio en grado de Instigador, que no el del fotoperiodista Margarito Martínez.
En este sentido y dado que el procedimiento penal no ha concluido y por lo tanto la teoría del caso de la fiscalía no tiene eficacia jurídica hasta en tanto un órgano judicial, determine lo contrario una vez que el proceso cumpla con las tres etapas que lo componen.
Así las cosas no se puede soslayar que toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, por lo que a la fecha de la publicación de la nota referida, mi cliente sigue siendo inocente del delito imputado, que no es el del homicidio de Margarito Martínez.
Sin embargo, en la redacción de la misma se lee “Robles Dumas es además una fuente recurrente del periódico Z, un medio de comunicación local donde Margarito Martínez colaboraba y por cuyas publicaciones acerca del ‘Cabo 20’ junto a las de otras páginas de internet el fotoperiodista fue asesinado, pues ‘cabo 20’ le atribuyo, erróneamente su autoría a margarito”
Si bien es cierto en la nota señala que dicha información fue obtenida de información vertida en “audiencias penales” esto es erróneo.
Se afirma lo anterior porque a la fecha no hay una carpeta de investigación que se le haya hecho saber a mi defendido, por lo cual esta afirmación que hace la reportera es falsa, ya que no ha habido audiencia penal, donde se haya señalado a mi cliente como autor intelectual en el homicidio de Margarito, ni siquiera en las que ya fueron sentenciados dos personas por la autoría material de los hechos.
Así las cosas, de lo publicado en este medio se desprende que se están violentando el derecho de presunción de inocencia, ya que el artículo 113, fracciones XIV y XV del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que bajo la premisa de presunción de inocencia, queda prohibido ser expuesto a los medios de comunicación y a no ser presentado ante la comunidad como culpable, dos hechos que en especie, la nota periodística hace.
No obstante lo anterior, los señalamientos se repiten por este medio, por el solo dicho que fue expresados por funcionarios de la Fiscalía General del Estado, sin embargo en el mismo reportaje se reconoce que la fiscalía no ha imputado el homicidio de Margarito a mi defendido, por lo cual la reportera hace una alusión a mi defendido como culpable, al aseverar que erróneamente, mando ejecutar al periodista por atribuirle ciertas notas periodísticas.
Así las cosas, el principio de presunción de inocencia tiene diversas acepciones, como lo ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que la referirse a este principio ha señalado en la tesis de jurisprudencia de la 11 epoca P./J. 8/2023 que “…toda persona penalmente acusada tiene derecho de ingresar al terreno del juicio con la presunción de que genuinamente es inocente. Esta idea va más allá de descartar prejuicios irracionales; por ejemplo, preconcepciones como su aspecto o su comportamiento. De hecho, exige partir precisamente de lo opuesto: presuponer –honestamente y de buena fe– que el inculpado no ha cometido el delito por el que se le acusa. No es casual que el Poder Reformador de la Constitución, al redactar el catálogo de derechos humanos a favor de toda persona imputada en su artículo 20, apartado B, haya elegido la fracción I para consagrar el derecho a la presunción de inocencia.” (fin de la cita)
Es por lo anterior que considero oportuno hacer la anteriores precisiones al articulo en comento, y sin mas por el momento quedo a su disposición para cualquier asunto relativo.
Respetuosamente, Licenciado Rogelio Robles Dumas.
Estatal
Detienen a conductora causante de accidente en Tijuana
Oficiales de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal (SSPCM) de Tijuana detuvieron a una mujer por su presunta responsabilidad en un hecho de tránsito tipo choque contra un vehículo estacionado, luego de que fuera certificada en estado de ebriedad incompleta tras un accidente registrado en la colonia Aviación, el pasado 10 de julio.
De acuerdo con el informe de la Unidad Especializada en Hechos de Tránsito, el incidente ocurrió sobre el bulevar Agua Caliente, donde un vehículo BMW, color gris, circulaba de oriente a poniente. Presuntamente, la conductora no conservó su carril de circulación y excedió el límite de velocidad, lo que provocó que perdiera el control de la unidad.
Como consecuencia, el automóvil salió de la superficie de rodamiento e impactó con su parte frontal contra una camioneta Ford Expedition, color rojo, que se encontraba debidamente estacionada. Tras el impacto, la unidad continuó su trayectoria aproximadamente 50 metros hasta detenerse, momento en el que se incendió en su totalidad. La conductora logró salir del vehículo antes de que fuera consumido por el fuego, sin que se reportaran personas lesionadas.
Durante la atención del incidente, los oficiales detectaron que la conductora presentaba aliento alcohólico, por lo que fue valorada por el médico de guardia de los Servicios Médicos Municipales, quien determinó que se encontraba en estado de ebriedad incompleta, condición que afectaba su capacidad para conducir.
Derivado de estos hechos, los agentes aseguraron a Mayra “N”, de 40 años de edad, quien fue puesta a disposición de la Fiscalía General del Estado para el seguimiento de las investigaciones y la determinación de su situación jurídica.
Estatal
Denuncia AFN acoso por parte de Teresita Balderas
Agencia Fronteriza de Noticias (AFN) publicó un posicionamiento público sobre denuncias presentadas por la síndico procuradora del Ayuntamiento de Tijuana, Teresita Balderas, que coartan la libertad de expresión, y que reproducimos íntegro a conginuación.
A la opinión pública
A los medios de difusión
Por este conducto deseamos hacer público el atentado a nuestra Libre Expresión y Derecho a la Información perpetrado por parte de la Síndico Procuradora del gobierno municipal de Tijuana TERESITA DE JESÚS BALDERAS BELTRÁN por una denuncia interpuesta en nuestra contra a través de la persona moral Agencia Fronteriza de Noticias (AFN) y de la directora DORA ELENA CORTÉS JUÁREZ por el hecho de haber ejercido nuestro derecho y obligación de dar voz a un ciudadano que se quejó de persecución y hostigamiento por parte de la funcionaria.
HECHOS
1.- El pasado domingo 26 de abril del año en curso, el exfuncionario municipal Edgar Edoardo Rodríguez Delgado fue entrevistado por reporteros, entre estos uno de AFN, en el marco de un evento en el que se le encontró en Playas de Tijuana.
La entrevista, por no contener comentarios ofensivos; ser ofrecida por una persona que se identificó plenamente y que es conocida por su activismo y reciente función pública, se tomó en cuenta por el equipo editorial de este medio de difusión que lo publicó en su plataforma de servicios noticiosos.
El pasado 1 de julio el Instituto Estatal Electoral a través de la licenciada Josefina del Pilar Medrano Molina, auxiliar administrativo y oficial electoral de dicho Instituto se presentó en estas instalaciones con siete requerimientos, de los cuales solo dos quedaron en firme, porque se les hizo saber que la titular de esta agencia es la que suscribe.
En esa fecha (1 de julio) y de manera extraoficial nos enteramos que el motivo de esos requerimientos tenía que ver con un juicio de violencia política en contra de las mujeres en razón de género, porque el ex funcionario Edoardo Rodríguez tenía una restricción y no podría referirse en nombre a la síndico procuradora, según nos confirmó la directora de comunicación social del gobierno municipal, Mariana López.
Agencia Fronteriza de Noticias no tenía por qué saber y no lo sabía en esa fecha, que el ex subsecretario de Inclusión del gobierno municipal anterior tenía esa medida cautelar, aún así, eso no aplicaba ni aplica para los medios, sin considerar -además- que ese tipo de juicio, según lo han dicho en otros casos las propias autoridades electorales “se mantienen en secrecía, para protección de quienes presentan los recursos”.
Agencia Fronteriza de Noticias y quien suscribe, están apercibidos para atender una diligencia el próximo jueves 16 de este mes, bajo la advertencia de que por tratarse de un juicio de esa naturaleza, sobre nosotros pesa la carga de presentar pruebas en nuestra defensa.
Todo esto es un claro atentado a la libertad de expresión, en virtud de que acciones de esa naturaleza pueden inhibir a reporteros de los diversos medios o editores en la realización de su trabajo, para evitar quedar involucrados en procedimientos legales.
Por lo mismo estamos levantando nuestra voz y protestando, por esta acción de funcionarias políticas que han aprovechado el recurso que proporciona la ley para evitar ataques en contra de las mujeres, y también por la falta de criterio que muestran las autoridades electorales, al recibir este tipo de señalamientos.
DORA ELENA CORTÉS JUÁREZ
DIRECTORA GENERAL
AGENCIA FRONTERIZA DE NOTICIAS AFN.
TIJUANA BC 9 DE JULIO DE 2026
Agua
Exhorta Congreso a revisar empresas externas de CESPT
Un exhorto propuesto por la diputada Evelyn Sánchez Sánchez, a Mónica Juliana Vega Aguirre, directora de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), fue aprobado por el Congreso del Estado para que se haga una revisión integral de las empresas externas contratadas para la toma de lecturas de los medidores de agua en el municipio de Tijuana y Playas de Rosarito.
Esto a consecuencia de las decenas de solicitudes que ha recibido de ciudadanos por el aumento en sus recibos de agua, en los llamados “Recibos Locos”, y que exigen una revisión en la toma de lecturas de medidores de agua que realizan empresas externas contratadas.
Ante el pleno la diputada local expreso que, en Baja California, CESPT tiene a su cargo la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y saneamiento, como parte de sus actividades operativas, la toma de lecturas de los medidores de agua se realiza, en diversos casos, a través de empresas externas contratadas para dicho fin.
Sin embargo, durante los últimos meses, los ciudadanos han manifestado su inconformidad por el aumento en sus recibos de agua, incluso, esta problemática ha sido identificada por la propia ciudadanía como los llamados “Recibos Locos”, debido a que presentan cobros considerablemente más altos de lo habitual, aun cuando las personas usuarias aseguran que su consumo no ha aumentado.
Destacó ante el pleno del Congreso de Baja California que esta situación se ha vuelto más frecuente desde las suspensiones del servicio de agua registradas a principios del presente año en los municipios de Tijuana y Playas de Rosarito, generando dudas sobre la correcta toma de lecturas de los medidores y la facturación correspondiente.
Concluyó que la lectura correcta de los medidores constituye la base sobre la cual se determina el consumo y, el monto que cada familia, comercio o empresa debe pagar, cualquier error en este proceso puede generar afectaciones económicas importantes para las familias.
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