Justicia
Por segunda vez en el año, Colectiva Desertik’s exhibe a padres deudores alimentarios
Integrantes de la colectiva Desertik’s instalaron de nueva cuenta un tendedero de deudores alimentarios en la explanada de la plaza de los tres poderes.
En esta ocasión están exhibiendo a “Los súper cucarachos vips” que son once deudores que desde el año pasado fueron expuestos y a la fecha no pagan la pensión asignada hacia sus hijos.
Fernanda Holguín, integrante de la colectiva Desertik’s informó que de los primeros tendederos que realizaron a este último, el número de participación ha disminuido; sin embargo, han tenido casos de éxito donde se les ha otorgado un aumento de pensión a las madres.
Mencionó que, a pesar de que existen varones que denuncian a sus exparejas por exhibirlos en los tendedores, exhortó a las mujeres a que no desistan de denunciarlos, sabe que el trámite puede llegar a ser lento y cansado, pero es un derecho de todas las infancias.
Fernanda agregó que en la lista de deudores de alimentarios cuentan con varios funcionarios y ahora con la pasada contienda electoral también salieron a la luz varios candidatos, como el caso del alcalde electo de Tijuana, Ismael Burgueño, a quien la colectiva Desertik’s impugnó su candidatura por no haber firmado la 3 de 3 ante el IEEBC sin haber pagado la pensión correspondiente a sus hijos y aunque la impugnación se fue hasta la sala Guadalajara logró participar y ganar la contienda, Fernanda dijo, que de haber estado aprobado el registro estatal de deudores alimentarios, no habrían tenido a tanto candidato que son deudores.

Estatal
Dictan prisión preventiva a Ruffo tras kilométrica audiencia
Luego de una audiencia que se prolongó por más de un día y concluyó este domingo, un juez federal impuso la medida cautelar de prisión preventiva al exgobernador de Baja California, Ernesto “N”, así como a otros siete imputados, por su probable participación en los delitos de delincuencia organizada y contrabando, dentro de una investigación relacionada con un presunto esquema de importación ilegal de hidrocarburos.
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que, durante la audiencia inicial, el Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO) presentó cerca de un centenar de datos de prueba para sustentar la imputación contra Ernesto “N”, Ricardo “N”, José María “N”, Guillermo “N”, Juan “N”, Luis “N”, Adriana “N” y José “N”.
Tras diversos recesos y un debate que se extendió por más de 24 horas, el juez determinó imponer prisión preventiva a Ernesto “N”, exmandatario bajacaliforniano, así como a Ricardo “N”, José “N”, Juan “N” y Luis “N”, quienes permanecerán internados en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) No. 1 “Altiplano”, ubicado en el Estado de México, mientras continúa el proceso penal.
En tanto, José María “N” y Guillermo “N” enfrentarán el proceso en prisión domiciliaria por motivos de salud, mientras que Adriana “N” permanecerá recluida en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl Sur.
Al concluir la etapa inicial de la audiencia, las defensas de los imputados solicitaron la duplicidad del término constitucional, por lo que será en una audiencia posterior cuando el juez determine si los vincula o no a proceso.
De acuerdo con la FGR, las detenciones fueron resultado de una investigación de alta complejidad desarrollada en coordinación con el Gabinete de Seguridad del Gobierno de México, relacionada con operaciones presuntamente irregulares de importación, distribución y comercialización de productos derivados del petróleo.
La autoridad federal sostiene que la red investigada habría operado mediante un esquema de contrabando de hidrocarburos, consistente en introducir combustible al país con declaraciones falsas o incompletas ante las aduanas, reportando menores volúmenes a los realmente transportados o declarando los cargamentos como productos distintos para evadir el pago de impuestos.
Según la Fiscalía, este tipo de operaciones ocasiona un daño económico al erario y, además, representa una fuente de financiamiento para organizaciones criminales.
La FGR recordó que todas las personas imputadas gozan de la presunción de inocencia y que su responsabilidad penal únicamente podrá determinarse mediante una sentencia condenatoria emitida por la autoridad judicial competente.
Estatal
Pide Coparmex transparencia e imparcialidad en proceso a Ruffo
La Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) Federación Baja California se pronunció mediante comunicado de prensa sobre los acontecimientos que involucran al exgobernador Ernesto Ruffo Appel y al empresario Ricardo Thompson Navarro, demandando que se aplique la ley con “imparcialidad, transparencia y pleno respeto al Estado de Derecho”.
En un posicionamiento oficial, los centros empresariales de Ensenada, Tijuana y Mexicali recordaron que, si bien toda persona debe responder por sus actos conforme a la ley, también tiene derecho a un proceso justo, con respeto a la presunción de inocencia y a las garantías constitucionales.
“La aplicación de la justicia debe estar libre de cualquier sesgo político, mediático o de oportunidad”, señalaron los empresarios. Hicieron un llamado a las autoridades competentes para que el procedimiento se conduzca con “absoluta objetividad” y que cualquier determinación se base exclusivamente en hechos, pruebas y el marco jurídico aplicable.
La organización expresó su preocupación de que este caso pueda servir para desviar la atención de otros asuntos de interés público, particularmente aquellos relacionados con señalamientos a altos funcionarios del Gobierno del Estado de Baja California.
“La exigencia de legalidad debe ser uniforme y sin excepciones. La confianza en las instituciones se fortalece cuando la ley se aplica con el mismo rigor para todos”, enfatizó COPARMEX.
En la segunda parte del documento, la cúpula empresarial lamentó la percepción ciudadana de que la aplicación de la ley es discrecional y responde a criterios políticos para “crear cortinas de humo”. Mencionaron específicamente casos relacionados con delincuencia organizada, señalamientos de otros países, lavado de dinero y “huachicol fiscal” que, según indicaron, no están siendo atendidos con la misma prioridad.
“Exigimos que la Ley se aplique por igual a todos los involucrados en los delitos de ‘huachicol fiscal’, algunos de ellos en ejercicio de encargos públicos”, añadieron.
COPARMEX aclaró que no aboga por nadie de manera particular, sino que exige “la aplicación de la Ley con bases jurídicamente sólidas, sin sesgos políticos, sin consignas, de manera imparcial y con plena justicia”.
Estatal
Artículo 19 emite alerta por hostigamiento judicial a AFN
La organización Artículo 19 emitió una alerta debido a que el Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) admitió una denuncia por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género en contra de la Agencia Fronteriza de Noticias (AFN) y de su directora general, la periodista Dora Elena Cortes Juárez dentro del expediente IEEBC/UTCE/PES/10/2026, derivado de la publicación de una entrevista realizada el 26 de abril de 2026 al exsubsecretario de Diversidad e Inclusión del Ayuntamiento de Tijuana, Edgar Edoardo Rodríguez Delgado.
AFN publicó la entrevista al exsubsecretario bajo el encabezado «Exfuncionario municipal denuncia persecución y hostigamiento» y consistió en la difusión de declaraciones emitidas públicamente por una persona plenamente identificada, obtenidas durante una cobertura periodística ordinaria.
De acuerdo con la información documentada por ARTICLE 19 y el testimonio de Dora Elena Cortes, la nota periodística reproduce las manifestaciones realizadas por el entrevistado en un espacio público y no constituye, por sí misma, una opinión editorial ni incorpora expresiones ofensivas o lenguaje discriminatorio dirigidas contra la síndica procuradora Teresita de Jesús Balderas Beltrán, quien posteriormente promovió la denuncia.
Por su parte, la síndica justificó en redes sociales que su denuncia había sido solo dirigida a Edoardo «N». No obstante, mediante acuerdo emitido dentro del procedimiento especial sancionador PS-08/2026, el IEEBC incorporó como parte denunciada tanto a Agencia Fronteriza de Noticias como a su directora general, emplazándolas para comparecer a una audiencia de pruebas y alegatos programada para mañana 16 de julio de 2026.
Los hechos aquí descritos reflejan un uso desproporcionado del procedimiento especial sancionador en materia electoral para someter a escrutinio judicial una cobertura periodística sobre un asunto de interés público. Este tipo de actuaciones puede constituir una restricción indirecta a la libertad de expresión, al generar un efecto inhibidor sobre periodistas, medios de comunicación y sus equipos editoriales.
ARTICLE 19 expresa su preocupación por la pretensión de atribuir responsabilidad al medio de comunicación por la difusión de declaraciones realizadas por un tercero durante un evento público.
Además observa que, en el marco de la investigación, la autoridad electoral requirió información a diversas instituciones y a la empresa Meta con el propósito de identificar a las personas administradoras de las plataformas digitales del medio.
Estas actuaciones exceden el análisis del contenido periodístico objeto del procedimiento y generan un riesgo para la independencia editorial de los medios de comunicación. La utilización de procedimientos sancionadores para obtener información sobre la organización interna de un medio, sus procesos editoriales o las personas que participan en la difusión de contenidos puede producir un efecto intimidatorio incompatible con una sociedad democrática.
La libertad de expresión protege la búsqueda, recepción y difusión de información sobre asuntos de interés público. El artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe tanto las restricciones directas como las restricciones indirectas destinadas a impedir la circulación de información e ideas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido reiteradamente que la prensa cumple una función esencial para el funcionamiento de toda sociedad democrática y que las personas servidoras públicas están sujetas a un mayor nivel de escrutinio respecto de asuntos relacionados con el ejercicio de sus funciones.
ARTICLE 19 ha documentado en los últimos años un incremento sostenido en el uso del acoso judicial como una de las formas más recurrentes de agresión contra la prensa en México. Estas acciones se caracterizan por la utilización de procedimientos judiciales o administrativos para desgastar económica, emocional y profesionalmente a periodistas y medios de comunicación, independientemente de que finalmente prosperen o no las pretensiones jurídicas promovidas. Su principal consecuencia es la generación de autocensura y el debilitamiento del debate público.
En vista de lo anterior, ARTICLE 19 exige:
Al Instituto Estatal Electoral de Baja California:
- Conducir el procedimiento con estricto apego a los estándares constitucionales e interamericanos de libertad de expresión, debido proceso y máxima protección del debate público.
- Abstenerse de realizar diligencias o requerimientos desproporcionados dirigidos a obtener información sobre la estructura interna, organización editorial o funcionamiento de medios de comunicación cuando ello no resulte estrictamente indispensable para la investigación.
Al Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California:
- Sobreseer el procedimiento respecto de Agencia Fronteriza de Noticias y de su directora, Dora Elena Cortés Juárez, al tratarse de una cobertura periodística de interés público protegida por los artículos 6° y 7° constitucionales y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; asimismo, abstenerse de convalidar o participar en actuaciones que, bajo el uso desproporcionado del procedimiento sancionador, configuren acoso judicial y generen un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión y el ejercicio periodístico.
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